Aprende todo lo que necesitas saber para prescribir, instalar y configurar el ecosistema Simon iO.

El Real Decreto Ley 29/2021 introduce medidas urgentes en el ámbito energético con el objetivo de fomentar la movilidad eléctrica. En concreto, pone de manifiesto la necesidad de seguir ampliando la red de puntos de recarga en España, que si bien ha crecido considerablemente los últimos años, todavía está lejos de la media europea.
En su lucha por hacer realidad los objetivos de la Agenda 2030, a finales del año 2021 el Gobierno de España aprobó el Real Decreto Ley 29/2021, el cual tiene como objetivo seguir alimentando la red de puntos de recarga públicos y privados, así como seguir impulsando la compra de vehículos eléctricos. ¿Quieres saber en qué consiste? En este artículo te lo explicamos.
Catálogo Vehículo Eléctrico
El Real Decreto Ley 29/2021 introduce medidas urgentes en el ámbito energético con el objetivo de fomentar la movilidad eléctrica. En concreto, pone de manifiesto la necesidad de seguir ampliando la red de puntos de recarga en España, que si bien ha crecido considerablemente los últimos años, todavía está lejos de la media europea.
Esta nueva normativa obliga a todos los edificios que no sean de viviendas privadas y que tengan un aparcamiento de más de 20 plazas, deberán disponer de infraestructuras o puntos de recarga. Esto quiere decir que centros comerciales, supermercados, edificios de oficinas, hospitales, centros deportivos o cualquier otro lugar que tenga un parking de más de 20 plazas tendrá que disponer de puntos de recarga para vehículos eléctricos.
Más concretamente, deberán tener al menos un punto de recarga por cada 40 plazas disponibles. Esto será así hasta las 1000 plazas, en caso de superarlas, se instalará un punto de recarga adicional por cada 100 plazas a partir de este límite.
Asimismo, el Real Decreto ley 29/2021 habla sobre fracciones, lo que quiere decir que sobrepasar las 40 plazas (por ejemplo, 45) conllevará la obligación de instalar 2 puntos de recarga. Además, los inmuebles públicos instalarán 1 punto de recarga cada 20 plazas, y un punto de recarga adicional cada 100 plazas al sobrepasar las 500 en total.
Junto a la obligación de instalar puntos de recarga para vehículos eléctricos, el Real Decreto ley 29/2021 también ofrece ventajas fiscales por realizar dicha instalación. Se trata de tres ventajas principalmente:
En los tres casos, la bonificación estará condicionada a que las instalaciones dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente.
Por otro lado, el Real Decreto ley 29/2021 también facilita el papeleo asociado a la instalación de los puntos de recarga. Es decir, no será necesario pedir ninguna licencia ni autorización previa para instalarlos, tan solo se deberá pedir una declaración responsable (y realizar el pago de la tasa correspondiente) y tener en regla la documentación de dicha declaración.
Una vez presentada la declaración, podemos iniciar la instalación y el uso del punto de recarga sin demora, pues no será necesario pasar la revisión por parte de la Administración Pública. Sin embargo, no presentar la declaración responsable puede conllevar a detener el uso del punto de recarga e incluso pueden obligarnos a quitarla, así que no debemos pasar por alto este trámite.
Esta es una buena ocasión para recordar que el Plan Moves III sigue en marcha y que las empresas, entidades públicas y particulares pueden acogerse a él para cumplir con esta obligación. El Plan Moves III ofrece una subvención de entre el 55 y el 80 % del coste total de la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos. En este artículo encontrarás más información.
El objetivo del Real Decreto ley 29/2021 es que la red de puntos de recarga española empiece a crecer de forma notable lo antes posible. Es por ello por lo que los espacios que estén obligados a poner uno o varios puntos de recarga en sus aparcamientos tendrán un plazo máximo de un año para hacerlo. Es decir, la infraestructura de carga deberá estar lista antes del 1 de enero de 2023.
El Real Decreto ley 29/2021 se ha convertido en una nueva oportunidad para seguir impulsando el VE en España. Construir una red amplia y eficiente de puntos de recarga es totalmente necesario para realizar de una forma fluida la transición hacia la movilidad eléctrica. Teniendo en cuenta la disponibilidad del Plan Moves III, es sin duda una gran ocasión para dar un paso hacia adelante.
La descarbonización de la economía, además de una necesidad imperiosa para limitar el cambio climático y sus efectos sobre el planeta, está representando nuevas oportunidades para las empresas. Si estás obligado a cumplir con el Real Decreto Ley 29/2021, no dudes en echar un vistazo a las variadas soluciones de recarga de vehículo eléctrico de Simon.
Simon dispone de una gama completa de sistemas de puntos de recarga para vehículos eléctricos, que cuentan con envolventes específicas para cualquier tipo de entorno, ya sea en aparcamientos privados, comunitarios, públicos o corporativos, y para todo tipo de vehículo eléctrico o híbrido enchufable de dos o cuatro ruedas. Impulsamos la movilidad eléctrica para un futuro más sostenible.
Catálogo Vehículo Eléctrico